Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.
Universales e inalienables
El principio de la
universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho
internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacara
inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado
en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de
derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en
Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber,
independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de
promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Todos los Estados han ratificado al menos uno,
y el 80 por ciento de ellos cuatro o más, de los principales tratados de
derechos humanos, reflejando así el consentimiento de los Estados para
establecer obligaciones jurídicas que se comprometen a cumplir, y confiriéndole
al concepto de la universalidad una expresión concreta. Algunas normas
fundamentales de derechos humanos gozan de protección universal en virtud del
derecho internacional consuetudinario a través de todas las fronteras y
civilizaciones.
Los derechos humanos son inalienables. No
deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas
garantías procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad
si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber
cometido un delito.
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